El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
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(Permiso de acceso). El acceso a los recursos genéticos y los derivados sólo podrá realizarse una vez tramitado y obtenido el permiso de acceso, con excepción de las situaciones previstas en los ordinales 13 y 14 de la presente.-