Autorízase a la empresa TENISTA S.A. (HOTEL LA FORET) a usufructuar
las exoneraciones previstas en el artículo 3o. Inciso 2o. del Decreto
291/95 (exoneración del Impuesto al Valor Agregado a la importación de
bienes destinados a la construcción - infraestructura y obra civil -) en
relación a los siguientes bienes, y por hasta la suma de U$S 1.600.000:
revestimiento, carpintería, hierro, artículos eléctricos, sanitarios,
grifería zacuzzi, iluminación, cerraduras, grupo electrógeno.