MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Fe de erratas publicada/s: 22/09/1977.
Exonérase, en forma total, el Impuesto Unico a la Actividad Bancaria generado en ocasión de los créditos aplicados al financiamiento de la importación de equipos y materiales del presente proyecto. La exoneración precedente no alcanza el impuesto adicional que grave tales operaciones.Ayuda