Fecha de Publicación: 08/09/1977
Página: 432-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Fe de erratas publicada/s: 22/09/1977.

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Exonérase, en forma total, el Impuesto Unico a la Actividad Bancaria
generado en ocasión de los créditos aplicados al financiamiento de la
importación de equipos y materiales del presente proyecto. La exoneración
precedente no alcanza el impuesto adicional que grave tales operaciones.
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