Fecha de Publicación: 12/03/1996
Página: 1320-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

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   Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese. SANGUINETTI - RAUL ITURRIA - LUCIO CACERES.

   Resolución Nº 146/95

   Dirección General de Aviación Civil

                                      Montevideo, 15 de noviembre de 1995

   Visto: La solicitud de la empresa LAPSA (Líneas Aéreas Paraguayas
S.A.) de realizar una nueva frecuencia en la ruta Asunción - Montevideo -
Asunción a partir del 22 de octubre de 1995.

   Resultando: I) Que la nueva frecuencia está prevista y aceptada en la
Reunión de Consulta realizada entre las Autoridades Aeronáuticas de
Paraguay y Uruguay el 13 de julio de 1995.

   II) Que lo inmediato de las operaciones hace necesaria la aplicación
del artículo 2º del Decreto del Poder Ejecutivo 1124 de 4 de junio de
1941.

   Atento: A lo dispuesto por el artículo 106 del Código Aeronáutico.

   El Director General de Aviación Civil

                                RESUELVE:

   1º.- Autorízase en los términos del artículo 2º del Decreto del Poder
Ejecutivo 1124 de 4 de junio de 1941, a la empresa LAPSA (Líneas Aéreas
Paraguayas S.A.) a realizar una segunda frecuencia semanal en la ruta
Asunción - Montevideo - Asunción a partir del 22 de octubre de 1995.

   2º.- Notifíquese, tome conocimiento la División Transporte Aéreo
Comercial y vuelva a la Asesoría Letrada a sus efectos. El Director
General de Aviación Civil, Cnel. (Av.) JORGE M. R. MENDEZ.
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