Fecha de Publicación: 14/01/2004
Página: 461-A
Carilla: 29

MINISTERIO DE TURISMO

Resolución 1.868/003

Modifícase la resolución por la cual se declaró promovido el proyecto de 
inversión presentado por la firma CARMITEL S.A. para la remodelación del 
Hotel Casino Carrasco.
(75*R)

MINISTERIO DE TURISMO
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 24 de diciembre de 2003
                                                                          
VISTO: La Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de mayo de 2002 y su 
modificativa de fecha 23 de julio de 2002.

RESULTANDO: Que por la primera se declaró promovida de acuerdo a lo 
establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e 
inciso a. del artículo 1º del Decreto Nº 124/001 de 5 de abril de 2001, 
el proyecto de inversión presentado por la firma CARMITEL S.A. para la 
remodelación del Hotel Casino Carrasco.

CONSIDERANDO: I) Que la firma CARMITEL S.A. solicita la modificación del 
listado de bienes importados destinados a la construcción, obra civil e 
infraestructura, que obra adjunto a la Resolución del Poder Ejecutivo de 
fecha 9 de mayo de 2002.

II) Que asimismo peticiona un aumento de la inversión en la adquisición 
de bienes de activo fijo destinados al equipamiento que obra adjunto a la 
mencionada Resolución.

III) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley Nº 
16.906 de 7 de enero de 1998 y la Asesoría Técnica del Ministerio de 
Turismo, consideran que corresponde acceder a lo solicitado.

ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido por el Decreto Nº 124/001 de 5 
de abril de 2001.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Sustitúyense los numerales 1), 5) y 6) de la Resolución de Poder 
Ejecutivo de fecha 9 de mayo de 2002, por los siguientes:
"1) Declárase promovido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de 
la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del artículo 1º del 
Decreto Nº 124/001 de 5 de abril de 2001, el proyecto de inversión 
presentado por la empresa CARMITEL S.A. para la remodelación del Hotel 
Casino Carrasco, por un monto total de U$S 20:010.926 (dólares americanos 
veinte millones diez mil novecientos veintiséis)."
"5) Autorízase a la empresa CARMITEL S.A. a usufructuar las exoneraciones 
previstas en el artículo 3º inciso f. del Decreto Nº 124/001, exoneración 
del Impuesto del Valor Agregado a las importaciones de bienes destinados 
al equipamiento, cuyo listado obra anexo a la presente, por hasta un 
monto imponible de U$S 4:624.312 (dólares americanos cuatro millones 
seiscientos veinticuatro mil trescientos doce)."
"6) Autorízase a la empresa CARMITEL S.A. a usufructurar la exoneración 
del 50% de todos los tributos que graven las importaciones de materiales 
y bienes de obra civil e infraestructura por hasta un monto imponible de 
U$S 4:108.500 (dólares americanos cuatro millones ciento ocho mil 
quinientos) y a los bienes de activo fijo destinados al equipamiento, por 
hasta un monto imponible de U$S 4:624.312 (dólares americanos cuatro 
millones seiscientos veinticuatro mil trescientos doce)."



Recibido por D. O. el 8 de Enero de 2004
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