Autorízase a la empresa COLONIA NATURAL S.A. a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3º inciso g. del Decreto Nº 124/001, exoneración
del 50% de todos los tributos que graven las importaciones de bienes de
activo fijo destinados al equipamiento, por hasta un monto imponible de
U$S 2:933.760 (dólares americanos dos millones novecientos treinta y tres
mil setecientos sesenta) y a los materiales y bienes de obra civil e
infraestructura por hasta un monto imponible de U$S 5:996.716 (dólares
americanos cinco millones novecientos noventa y seis mil setecientos
dieciséis), que será aplicable de la siguiente manera: U$S 3:298.194
(tres millones doscientos noventa y ocho mil ciento noventa y cuatro) a
los ejercicios fiscales comprendidos entre el 18/04/01 y el 30/06/04 y
U$S 2:698.522 (dólares americanos dos millones seiscientos noventa y ocho
mil quinientos veintidós) a los ejercicios fiscales comprendidos entre el
1º/07/04 y el 30/06/07.