Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a sus efectos. -LACALLE HERRERA. - IGNACIO RISSO. - IGNACIO de POSADAS MONTERO. - WILSON ELSO GOÑI.
RESOLUCIÓN 48/991
DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
Montevideo, 22 de marzo de 1991.
Visto: la solicitud formulada por la empresa "Air France de realizar una nueva frecuencia semanal en la ruta Montevideo - París, mediante conexión con los servicios que presta desde Buenos Aires con un avión arrendado a Líneas Aéreas Privadas Argentinas (L.A.P.A).
Resultando: I) Que la operación solicitada no fue prevista en el Acuerdo de Transporte Aéreo Popular que vincula a nuestra República con
la de Francia iniciado el 11 de octubre de 1979, pero resulta de importancia mientras no sean reestructuradas sus líneas en el Atlántico Sur;
II) Que por resolución de esta Dirección General 138/989 de fecha 22 de diciembre de 1989 se autorizó a la empresa peticionante en los términos del artículo 2º del decreto del Poder Ejecutivo 1124 de fecha 4 de junio de 1941, la realización de una frecuencia adicional de similares características operativas;
III) Que la solicitud se funda en la existencia de una situación excepcional y transitoria, por lo que de accederse a ellas serán facilitadas las operaciones de la permisaria en beneficio de las relaciones y comunicaciones entre ambos Estados;
IV) Que no existen en el momento empresas de bandera nacional que puedan brindar el servicio de que se trata.
Considerando: lo preceptuado por los artículos 106 y 115 del Código Aeronáutico (decreto ley 14.305 de 29 de noviembre de 1974); decreto del poder Ejecutivo 325/974 de fecha 26 de abril de 1974 y artículos 2º del Decreto del Poder Ejecutivo 1124 de fecha 4 de junio de 1941.
Atento: a lo informado por la División Transporte Aéreo Comercial y la Asesoría Letrada.
El Director General de Aviación civil,
RESUELVE:
1º Autorízase a la empresa "Air France", en los términos del artículo 2º del Decreto del Poder Ejecutivo 1124 de fecha 4 de junio de 1941 a realizar una frecuencia semanal adicional en los servicios de transporte aéreo público de pasajeros, correo y carga entre Montevideo y París.
2º El Servicio se realizará conectado con los que la peticionante cumple en la ruta París - Buenos Aires, el tramo Montevideo - Buenos
Aires será efectuado con avión SAAB 340 arrendado a L.A.P.A. o con los
que esta Dirección General Autorizare.
3º Esta autorización es precaria y revocable sin derecho a
indemnización alguna y no podrá ser cedida sin previa y expresa autorización.
4º Notifíquese, tomen conocimiento la División Transporte Aéreo Comercial y vuelva a la Asesoría Letrada.- El Director General de
Aviación Civil, Cnel (Av.) Esteban Casariego.