Fecha de Publicación: 22/05/1986
Página: 414-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

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   Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto.
   Su incumplimiento podrá cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado
de oficio o a petición de parte, la revocación de la declaración de
Interés Nacional, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 del
decreto-ley 14.718 de Promoción Industrial y demás disposiciones 
concordantes o que se establezcan.
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