Resolución 323/989.-
Se autoriza a la empresa "Aerolíneas Uruguayas S.A.", a operar provisoriamente servicios de transporte aereo público, no regular de carga internos e internacionales entre Uruguay, Argentina, Brasil y Paraguay.
Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Montevideo, 27 de junio de 1989.
Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea para que sea aprobada la resolución de la Dirección General de la Aviación Civil 67/988 de fecha 13 de setiembre de 1988, por la que se autoriza a la empresa "Aerolíneas Uruguayas S.A.", en formación, a operar provisoriamente
servicios de transporte aéreo público no regular de carga internos e internacionales entre puntos de la República Oriental del Uruguay y los territorios de la República Argentina, República Federativa de Brasil y República del Paraguay y de éstos entre sí, con bases de operaciones
en el Aeropuerto Internacional de Carrasco y en el Aeródromo Laguna de los
Patos (Colonia) indistintamente.
Considerando I) Que la peticionante cumplió con los requisitos exigidos para la prestación de los servicios cuya autorización pide: habiéndose instruído la solicitud de acuerdo a lo preceptuado en el decreto 39/977 de fecha 25 de enero de 1977;
II) Que el otorgamiento de la autorización gestionada es concordante con las Normas de Política Aeronáutica en vigencia aprobadas por el decreto 325/974 de fecha 26 de abril de 1974.
Atento: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica y lo preceptuado por los artículos 114 y 117 del decreto ley 14.305 de fecha 29 de noviembre de 1974 (Código Aeronáutico), decreto 325/974 de fecha 26 de abril de 1974, decreto 39/977 de fecha 25 de enero de 1977 y decreto 47/983 de fecha 16 de febrero de 1983.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Apruébase la resolución de la Dirección General de Aviación Civil 67/988 de fecha 13 de setiembre de 1988.