Fecha de Publicación: 13/05/1997
Página: 320-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

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   Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas 
vigentes emanadas de las autoridades competentes en la implantación,
ejecución y funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá
cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de
parte, la revocación de la declaración de Interés Nacional, de 
conformidad a lo dispuesto en el Art. 13 del Decreto Ley No. 14.178 de Promoción Industrial y demás disposiciones concordantes o que se establezcan.
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