Fecha de Publicación: 27/11/1987
Página: 485-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

5

   A los efectos de control y seguimiento la Empresa Manufactura
Algodonera Uruguaya S.A. deberá documentar ante el Ministerio de 
Industria y Energía anualmente y durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del Proyecto, los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.
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