Fecha de Publicación: 11/02/2021
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONÁUTICA - DI.N.A.C.I.A.

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   El citado Reglamento será aplicable a partir de la publicación de la presente Resolución y del texto completo del mismo en el Diario Oficial, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 2°.
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