Fecha de Publicación: 13/08/2013
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Resolución 463/013

Modifícase la denominación de la Secretaría de Seguimiento de la Comisión
para la Paz por la de Secretaría de Derechos Humanos para el pasado
reciente, y redefínense sus cometidos.
(1.370*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

                                          Montevideo, 1° de Agosto de 2013

VISTO: la Resolución N° 449/03 de la Presidencia de la República del 11 de
abril de 2003 y la Resolución del Poder Ejecutivo 450/011 del 31 de agosto
de 2011:

RESULTANDO: I.-) que por resolución N° 449/003 se creó, en el ámbito de la
Presidencia de la República, una Secretaría de Seguimiento con funciones
administrativas a los efectos de atender y continuar los trámites
pendientes iniciados por la Comisión para la Paz;

II.-) que por el numeral 3° de la Resolución 450/11 se amplió la
integración de la citada Secretaría de Seguimiento, la que se compone de
un Coordinador Ejecutivo designado por el Presidente de la República, un
representante del Ministerio Público y Fiscal, un representante de las
Organizaciones de la Sociedad Civil con reconocida trayectoria en la
defensa y promoción de los Derechos Humanos, dos representantes de la
Universidad de la República por  el área de Historia y Antropología
Forense y la Secretaría Administrativa;

III.-) que en el ámbito de la referida Secretaría de Seguimiento se
continúan recibiendo denuncias sobre hechos vinculados a graves
violaciones de los Derechos Humanos ocurridos durante el período de facto,
así como solicitudes de investigaciones referidas a presuntos nacimientos
en cautiverio y sobre personas que habiendo sido adoptadas durante el
período indicado en el numeral anterior, buscan sus orígenes biológicos;

CONSIDERANDO: que en este contexto el Poder Ejecutivo entiende que
corresponde redefinir los cometidos de la citada Secretaría y modificar su
denominación;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                RESUELVE:

1

 La Secretaría de Seguimiento de la Comisión para la Paz pasará a
denominarse Secretaría de Derechos Humanos para el pasado reciente.

2

 Sin perjuicio de las actividades dispuestas por la Resolución 450/11 del
31 de agosto de 2011, la citada Secretaría tendrá los siguientes
cometidos:
a) Procurar el conocimiento de los hechos y la verdad sobre las
   desapariciones forzadas, asesinatos políticos y contexto fáctico
   de las violaciones a los Derechos Humanos ocurridos durante el
   período establecido en los arts. 1° y 2° de la Ley N° 18.596 del 18
   de setiembre de 2009 con la responsabilidad y/o aquiescencia del
   Estado,
b) Recepcionar denuncias referidas a nacimientos de niños en
   cautiverio y sobre personas que habiendo sido adoptadas durante el
   período indicado en el literal anterior buscan sus orígenes
   biológicos a los efectos de investigar y determinar su identidad
   ante la presunción de ser hijo/a de detenidos desaparecidos.
c) Cooperar, complementar y coordinar actividades de investigación
   documental, judicial y genética con personas, instituciones y
   organismos, tanto públicos como privados, de carácter nacional e
   internacional con finalidades tales como asesoramiento, intercambio,
   identificación y divulgación de información, lo que comprende la
   colaboración e intercambio de información con la Unidad Especial
   creada en el Ministerio del Interior con fines de investigación
   de las violaciones a los derechos humanos cometidos en el período
   de facto.
d) Participar, organizar, coordinar y promover actividades de
   información y promoción de los derechos humanos y de la memoria
   sobre las graves violaciones a los mismos en el país y/o en el
   exterior.

3

 Modificase el numeral 3° de la Resolución N° 450/011 del 31 de agosto de
2011 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"La Secretaría de Derechos Humanos para el pasado reciente de la
Presidencia de la República se integrará con un Consejo Directivo
integrado por un Director General que lo presidirá y cuatro miembros, uno
a propuesta del Ministerio Público y Fiscal, otro a propuesta de la
organización Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos y
dos a propuesta de la Universidad de la República para coordinar los
equipos de investigación en las áreas de Historia y Antropología Forense.
Todos sus integrantes serán designados por el Presidente de la República.

4

 Se ratifican las designaciones realizadas en el numeral 5° de la
Resolución N° 450 del 31 de agosto de 2011 y N° 049/012 del 8 de febrero
de 2012 con excepción de la Licenciada Graciela Jorge quién pasará a
ocupar el cargo de Directora General y el Asistente Social Eduardo Pirotto
el que debido a la nueva composición queda designado como miembro a
propuesta de la organización civil Madres y Familiares de Uruguayos
Detenidos Desaparecidos.

5

 La Secretaría contará con:
a) una Secretaría Administrativa que dependerá de la Directora General y
que tendrá a su cargo las funciones y gestiones administrativas;
b) equipos de investigación en las áreas de Historia y Antropología
Forense;
c) un equipo de archivólogos que tendrá a su cargo el archivo de la
Secretaría y la Base de Datos Unificada;
d) una unidad de comunicaciones e informática.

6

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS PORTO;
FERNANDO LORENZO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; RICARDO EHRLICH; ENRIQUE
PINTADO; ROBERTO KREIMERMAN; EDUARDO BRENTA; SUSANA MUÑIZ; TABARÉ AGUERRE;
LILIAM KECHICHIAN; FRANCISCO BELTRAME; DANIEL OLESKER.
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