Fecha de Publicación: 30/08/2013
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

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 Comuníquese, publíquese, remítase copia de la presente Resolución al
Tribunal de Cuentas, al Fiscal de Gobierno de 1er. Turno y a la Unidad de
Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias
dependiente del Ministerio de Defensa Nacional. Cumplido, archívese.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO;
FERNANDO LORENZO; ENRIQUE PINTADO.

MODIFICACION DE CONTRATO DE GESTION INTEGRAL: En la ciudad de Montevideo,
el diecisiete de noviembre de dos mil tres, comparecen: POR UNA PARTE: El
Poder Ejecutivo  en la persona del Ministerio de Defensa Nacional (en
adelante MDN) con domicilio en Av. 8 de octubre N° 2628 de la ciudad de
Montevideo, representado por el Sr. Ministro de Defensa Nacional Profesor
YAMANDU FAU, cédula de identidad 835.829-9 y POR OTRA PARTE: La Sociedad
PUERTA DEL SUR S.A., (en adelante el Contratista) RUC 214737710015, con
domicilio en la calle Rincón 528 Piso 7 de la ciudad de Montevideo,
representada por los Señores Fernando Víctor Pelaez, documento nacional de
identidad argentino número 13.380.763 y Doctor Jorge Aram Chouldjian
Aharonian, cédula de identidad número 1.415.577-0 quienes convienen lo
siguiente:
PRIMERO: Con fecha 6 de febrero de 2003, el MDN y el Contratista
celebraron el CONTRATO DE GESTION INTEGRAL de acuerdo a lo dispuesto por
el artículo 21 de la Ley 17.555 de 18/9/02 y decreto 376/02 de 28/9/02,
luego modificado según Contratos celebrados entre las partes con fecha 9
de junio de 2003 y 11 de agosto de 2003, cuyo objeto es la administración,
explotación y operación, construcción y mantenimiento del Aeropuerto
Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso", en lo que refiere a
las actividades aeroportuarias y no aeroportuarias incluyendo actividades
comerciales - comprendiendo el régimen de tiendas de venta libre de
impuestos (tax free shops) - y de servicios que complementen dicha
actividad aeroportuaria.
SEGUNDO: Que de acuerdo con lo que establece la cláusula Decimocuarta del
referido Contrato, éste se integra en forma indivisible con el Decreto N°
376/02 de fecha 28 de setiembre de 2002 y sus Anexos, así como todas las
normas aeronáuticas nacionales e internacionales en la materia, aduaneras,
tributarias y todas las demás que tengan relación con el objeto del
presente y con los Decretos del Poder Ejecutivo Nros. 153/003 de 24 de
abril de 2003, 192/003 de 20 de mayo de 2003 y 317/2003 de 4 de agosto de
2003.
TERCERO: En este acto las partes acuerdan establecer, en lo que refiere al
punto 4.2.4 "Presentación de Proyectos y Cronograma" del Anexo A "Bases
Técnicas" del "Régimen de Gestión Integral" aprobado por el citado Decreto
376/002, lo siguiente: La construcción de la ampliación de pista 06-24,
recapado y banquinas (incluidas las ayudas visuales) deberá realizarse en
un plazo de 15 meses contados a partir del primer día del tercer mes
siguiente a la Toma de Posesión, manteniéndose vigente el resto del punto
4.2.4 referido. En tal sentido, las partes acuerdan expresamente que la
mencionada obra de ampliación de la pista 06-24, recapado y banquinas
(incluida las ayudas visuales), deberá realizarse en un plazo no mayor a
los citados 15 meses, y asimismo convienen en que deberá tener inicio de
ejecución el primer día del tercer mes a partir de la Toma de Posesión.
CUARTO: Las partes acuerdan en este acto modificar el punto 4.13,
"Actualización de Valores Monetarios" del "Régimen de Gestión Integral"
aprobado por el Decreto 376/002, exclusivamente en lo referente, a la
paramétrica para el cálculo del Indice Global (IG) de los precios, en el
sentido de establecer que la lectura del primer término de dicha
paramétrica será la siguiente: el coeficiente correspondiente a costos
locales (a) multiplicado por el cociente que resulta de dividir la
variación del Indice de Precios al Consumo a ser aplicado en el año t + i
a partir de la Toma de Posesión entre la variación de la cotización del
dólar USA interbancario vendedor el último día hábil a ser aplicado en el
año t + i de la Toma de Posesión. En consecuencia, el Indice Global (IG)
de actualización de los precios se calculará de la siguiente forma:

IG t+i = a. (IPC t+i/IPC t) / (U$S t+i / U$S t) + b. (CPI t+i/CPI t)

Para constancia se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y
fecha arriba indicados.
Las partes solicitan a la Escribana Jefe de la Asesoría Notarial del
Ministerio de Defensa Nacional, Carla Blanc su intervención notarial a los
efectos de la certificación de sus firmas.
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