PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DIRECCIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONÁUTICA - DI.N.A.C.I.A.
MANTIÉNESE para la República Oriental del Uruguay y al mismo nivel reglamentario, las disposiciones referentes a la aplicación de ciertas secciones del LAR 21, las que recogen y explicitan en el Apendice 1, el cual forma parte integral de la presente.Ayuda