El beneficio de canalización del ahorro dispuestos por el articulo 9º
de la ley 14.178, se aplicará a las nuevas integraciones de capital
social de la empresa Frigorífico Tacuarembó S.A., hasta un monto en
moneda nacional equivalente a U$S 361.600 y siempre que se realicen
dentro del plazo de dieciocho meses a partir de la presente resolución,
todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979,
del 19 de noviembre de 1979.