Fecha de Publicación: 30/08/1984
Página: 547-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

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   A los efectos del control y seguimiento, la empresa Frigorífico
Tacuarembó S.A. deberá documentar ante el Ministerio de Industria y
Energía anualmente y durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del
proyecto, los volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los
vendidos sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.
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