Fecha de Publicación: 03/02/1988
Página: 243-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

3

   Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión que se declara de Interés Nacional en
la presente resolución, se considerarán activos exentos a los efectos de
la liquidación del Impuesto al Patrimonio por el término de tres años a
partir del ejercicio 1/3/987 al 28/2/988.
Ayuda