Fecha de Publicación: 03/02/1988
Página: 243-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

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   A los efectos del control y seguimiento, la empresa ANZATEX S.R.L. deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los 
volúmenes físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio de toda otra información que le sea requerida.
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