Fecha de Publicación: 07/07/2004
Página: 31-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE TURISMO

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 Autorízase a la empresa FLEXUR S.A. a usufructuar el beneficio previsto 
en el artículo 3º inciso f. del Decreto Nº 175/003, exoneración del 
Impuesto al Valor Agregado, a las importaciones de bienes destinados al 
equipamiento cuyo listado obra anexo a la presente, por hasta un monto 
imponible de U$S 11.000 (dólares americanos once mil).
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