Fecha de Publicación: 18/08/1999
Página: 334-A
Carilla: 44

MINISTERIO DE TURISMO

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 Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá cuando a
ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la
revocación de la declaración de Interés Nacional de conformidad a lo
dispuesto en el artículo 13 del Decreto Ley Nº 14.178 y demás
disposiciones concordantes o que se establezcan.
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