El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el art. 9 del
Decreto Ley Nº 14.178, con la redacción dada por el art. 201 de la Ley
Nº 15.851 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de la
empresa ABIATAR S.A., hasta un monto en moneda nacional equivalente a
U$S 3:640.000 así discriminados: U$S 2:400.000 entre el 1/1/91 y el
30/6/92, U$S 1:034.000 entre el 1/1/92 y el 30/6/93, U$S 113.000 entre el
1/1/93 y el 30/6/94 y U$S 93.000 entre el 1/1/94 y el 30/6/95, todo de
acuerdo a lo dispuesto por el art. 111 del Decreto Nº 840/88 del 14 de
diciembre de 1988.