Fecha de Publicación: 15/07/1994
Página: 350-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

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   Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá cuando a 
ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la 
revocación de la declaración de Interés Nacional, de conformidad a lo 
dispuesto en el Art. 13 del Decreto Ley Nº 14.178 de Promoción 
Industrial y demás disposiciones concordantes o que se establezcan.
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