Resolución 754/995
Declárase Monumento Histórico Nacional los padrones 1669 y 1670 sitos en
la 1ra. Sección Judicial del departamento de Colonia.
(1602*R)
Ministerio de Educación y Cultura
Montevideo, 14 de junio de 1995
Visto: la gestión de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación en el sentido de declarar Monumento Histórico
Nacional, el área comprendida por: límite oeste: Bastión de San Miguel y
de antigua muralla; límite norte: alineación norte de calle Florida;
límite este: predio del Puerto; límite sur: Río de la Plata y los
Padrones Nº 1669 y 1670 sitos en la 1era. Sección Judicial del
Departamento de Colonia.
Resultando: 1) Que el clásico edificio de la "Estación con Andén
Cubierto", aún está en pie y en buenas condiciones de conservación; así
como el tanque para toma de agua, pozo de cambio de dirección de las
locomotoras, el galpón semicircular para depósito de las mismas.
II) Estas edificaciones testimonian una realidad histórica de la vida
diaria y están muy consustanciadas en el Barrio Histórico, por llegar el
predio de A.F.E. hasta las murallas reconstruidas.
III) Estos espacios permiten al viajero que llega por agua, una
hermosa visión de la Ciudad con sus murallas, el pórtico, las torres del
Faro e Iglesia Matriz y en general de toda la Ciudad.
IV) La preservación histórica y paisajística obliga a afectar el bien
de forma de ejercer un contralor edilicio y urbanístico en el área.
Considerando: I) Que la Comisión del Patrimonio, el Consejo Ejecutivo
Honorario de Colonia y las Fuerzas vivas del Departamento, patrocinan la
declaratoria como forma de proteger el entorno del Barrio Histórico por
un lado y por el otro el predio en los aspectos histórico-culturales,
turístico y ecológico.
II) Que el Poder Ejecutivo, animado del propósito de preservar la
integridad de aquellos bienes que forman parte del quehacer histórico,
artístico y cultural del país, estiman pertinente acoger la presente
propuesta.
Atento: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión
del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación y a lo
dispuesto por la Ley Nº 14.040 del 20 de octubre de 1971, decreto
Reglamentario Nº 536/72 del 1º de agosto de 1972 y por el Numeral 1º
literal (g) de la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 966/991 del 4 de
diciembre de 1991 reglamentaria del Art. 168 Nº 24 de la Constitución de
la República que permite delegar atribuciones.
El Ministro de Educación y Cultura, en ejercicio de las atribuciones
delegadas,
RESUELVE:
Declárase Monumento Histórico Nacional el área formada por: Límite
oeste: Bastión de San Miguel y de antigua muralla; límite norte:
alineación norte de calle Florida; límite este: predio del Puerto; límite
sur: Río de la Plata y los Padrones Nº 1669 y 1670 sitos en la 1era.
Sección Judicial del Departamento de Colonia.
Los bienes quedan efectuados por las siguientes servidumbres:
prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica,
paisajística o de cualquier otra índole que altere o pueda modificar el
área protegida sin el consentimiento previo de la Comisión del Patrimonio
Histórico, Artístico y Cultural de la Nación; prohibición de destinar el
Monumento Histórico a usos incompatibles con las finalidades de la Ley Nº
14.040; obligación de prever a la conservación del inmueble, obligación
de permitir las inspecciones que disponga la Comisión del Patrimonio
Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, o el Consejo Ejecutivo
Honorario de Colonia a los fines de la comprobación del estado y
conservación del bien y del fiel cumplimiento de las obligaciones y
prohibiciones consagradas por la Ley Nº 14.040.
Comuníquese a la Dirección Nacional de Catastro, al Registro General
de Inhibiciones, al Registro de Traslaciones de Colonia, Intendencia
Municipal de Colonia, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Comisión
del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, Consejo
Ejecutivo Honorario de Colonia.