Comuníquese, etc.
BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - ADOLFO CARDOSO GUANI.
COMISION DE PRODUCTIVIDAD, PRECIOS E INGRESOS
RESOLUCION ORDINARIA 530
Niveles de precios para la comercialización de Expeller y Harina
de Girasol
Visto: la gestión realizada por la Cámara Nacional de Aceites Comestibles.
Considerando: I) La importancia del expeller y harina de girasol como
materia prima para la preparación de raciones balanceadas.
Atento: I) A los estudios realizados por la Asesoría Técnica de la
Subcomisión de Costos y Precios;
II) A lo dispuesto por el artículo 3º, inciso d) de la ley 13.720 de
16 de diciembre de 1968,
La Comisión de Productividad, Precios e Ingresos
RESUELVE:
1º Fíjanse los siguientes niveles de precios para la comercialización de expeller y harina de girasol, sin impuestos:
Expeller de girasol, $ 240.00 el kilogramo.
Harina de girasol, $ 200.00 el kilogramo.
2º La presente resolución tendrá vigencia una vez publicada en 2 (dos)
diarios de la capital.
3º Elévese al Poder Ejecutivo.