Fecha de Publicación: 24/02/2011
Página: 629-A
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Resolución 76/011

Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de
Puertos 640/3.572, por la que se procedió a la ampliación de la
habilitación de la empresa KIOS S.A., para prestar servicios portuarios en
el Puerto de Paysandú, en el Grupo y Categorías que se determinan.
(436*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                         Montevideo, 15 de Febrero de 2011

VISTO: la gestión promovida por la empresa KIOS S.A., ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para la ampliación de la habilitación para prestar
servicios en el Puerto de Paysandú.

RESULTANDO: I) Que dicha operadora fue habilitada por Resoluciones del
Poder Ejecutivo Nos. 120/94, 789/00 Y 194/04, para prestar servicios en el
Grupo "A la Mercadería" en las categorías: "Graneles" y "Servicios Varios
y Conexos a la Mercadería", en el Grupo "Al Buque" en las categorías:
"Lanchaje", "Remolque" y "Reparaciones Navales", y en el Grupo "Al Pasaje"
categoría: "Embarque y Desembarque".

II) Que las Oficinas Técnicas de la citada Administración Nacional,
controlaron sin objeciones la documentación aportada por la interesada, en
cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que
se exigen reglamentariamente para la ampliación de la habilitación en
cuestión.

III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de
Directorio N° 640/3.572 de 21 de diciembre de 2010, procedió a ampliar la
habilitación de que se trata, ad-referéndum de su aprobación por el Poder
Ejecutivo.

IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, se expidieron no formulando objeciones al respecto.

CONSIDERANDO: que la presente gestión se efectúa al amparo de lo
establecido en los artículos 14 y 18 del Decreto N° 413/992 de 1° de
setiembre de 1992, que aprueba el "Reglamento de Habilitación de Empresas
Prestadoras de Servicios Portuarios".

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y los
Decretos Reglamentarios Nos. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 640/3.572 de 21 de diciembre de 2010, por la cual se procedió a
la ampliación de la habilitación a la empresa KIOS S.A., para prestar
servicios portuarios en el Puerto de Paysandú en el Grupo "A la
Mercadería" en las categorías: "Graneles" y "Servicios Varios y Conexos a
la Mercadería", en el Grupo "Al Buque" en las categorías: "Lanchaje",
"Remolque" y "Reparaciones Navales", y en el Grupo "Al Pasaje" categoría:
"Embarque y Desembarque".

2

 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."

                                        DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA GENERAL

101061
R. Dir. 640 / 3.572
OT/ir

Ref:     EMPRESA KIOS S.A. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA OPERAR EN PUERTO
PAYSANDÚ. AMPLIAR HABILITACIÓN.
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-------------
                                      Montevideo, 21 de diciembre de 2010.

VISTO:
La solicitud de la empresa KIOS S.A. para poder operar en el puerto de
Paysandú en las categorías ya habilitadas.

RESULTANDO:
I.     Que la operadora fue habilitada por Resoluciones del Poder
Ejecutivo 120/94, 789/00 y 194/04 para prestar servicios en el Grupo "A la
Mercadería" en las categorías: "Graneles" y "Servicios Varios y Conexos a
la Mercadería", en el Grupo "Al Buque" en las categorías: "Lanchaje",
"Remolque" y "Reparaciones Navales" y en el Grupo "Al Pasaje" categoría:
"Embarque y Desembarque".

II.     Que la empresa Kios S.A. se encontraba suspendida en el Grupo "A
la Mercadería" en la categoría "Graneles".

III.     Que con fecha 1/12/10 presentó en la Unidad de Control Operativo
la totalidad de la documentación requerida lo cual fue comunicado por
Carta de Servicio N° 5297/10 del Departamento de Montevideo, lo que dio
motivo al cese de suspensión en dicha categoría ya que cumplió con los
requisitos de utilaje mínimos requeridos.

ATENTO:
A lo expuesto y lo dispuesto por los Artículos 14 y 18 del Decreto N°
413/992 de fecha 1/9/92, que aprueba el reglamento de habilitación de
empresas prestadoras de servicios portuarios.

El Directorio en su Sesión N° 3.572, celebrada en el día de la fecha;

                                RESUELVE:

     Ampliar la habilitación a la Empresa KIOS S.A. (N° Registro 49155)
-supeditado a la aprobación del Poder Ejecutivo- para la prestación de
servicios en el Puerto de Paysandú en las categorías referidas en el
Resultando I ya habilitadas y por consiguiente su inscripción en el
Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

A sus efectos remitir al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ing. Naval Alberto DÍAZ ACOSTA, Presidente Administración Nacional de
Puertos; Dra. Liliana PEIRANO, Secretaria General Interina, Administración
Nacional de Puertos.


		
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