Fecha de Publicación: 24/02/2011
Página: 629-A
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

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 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."

                                        DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA GENERAL

101061
R. Dir. 640 / 3.572
OT/ir

Ref:     EMPRESA KIOS S.A. SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA OPERAR EN PUERTO
PAYSANDÚ. AMPLIAR HABILITACIÓN.
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                                      Montevideo, 21 de diciembre de 2010.

VISTO:
La solicitud de la empresa KIOS S.A. para poder operar en el puerto de
Paysandú en las categorías ya habilitadas.

RESULTANDO:
I.     Que la operadora fue habilitada por Resoluciones del Poder
Ejecutivo 120/94, 789/00 y 194/04 para prestar servicios en el Grupo "A la
Mercadería" en las categorías: "Graneles" y "Servicios Varios y Conexos a
la Mercadería", en el Grupo "Al Buque" en las categorías: "Lanchaje",
"Remolque" y "Reparaciones Navales" y en el Grupo "Al Pasaje" categoría:
"Embarque y Desembarque".

II.     Que la empresa Kios S.A. se encontraba suspendida en el Grupo "A
la Mercadería" en la categoría "Graneles".

III.     Que con fecha 1/12/10 presentó en la Unidad de Control Operativo
la totalidad de la documentación requerida lo cual fue comunicado por
Carta de Servicio N° 5297/10 del Departamento de Montevideo, lo que dio
motivo al cese de suspensión en dicha categoría ya que cumplió con los
requisitos de utilaje mínimos requeridos.

ATENTO:
A lo expuesto y lo dispuesto por los Artículos 14 y 18 del Decreto N°
413/992 de fecha 1/9/92, que aprueba el reglamento de habilitación de
empresas prestadoras de servicios portuarios.

El Directorio en su Sesión N° 3.572, celebrada en el día de la fecha;

                                RESUELVE:

     Ampliar la habilitación a la Empresa KIOS S.A. (N° Registro 49155)
-supeditado a la aprobación del Poder Ejecutivo- para la prestación de
servicios en el Puerto de Paysandú en las categorías referidas en el
Resultando I ya habilitadas y por consiguiente su inscripción en el
Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

A sus efectos remitir al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ing. Naval Alberto DÍAZ ACOSTA, Presidente Administración Nacional de
Puertos; Dra. Liliana PEIRANO, Secretaria General Interina, Administración
Nacional de Puertos.
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