Fecha de Publicación: 28/08/1997
Página: 511-A
Carilla: 15

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Fe de erratas publicada/s: 05/09/1997.

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   Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá cuando a
ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la
revocación de la declarción de Interés Nacional, de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 13 del Decreto Ley No. 14.178 de Promoción Industrial
y demás disposiciones concordantes o que se establezcan.
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