Fecha de Publicación: 28/08/1997
Página: 513-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

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   A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales dispuestos precedentemente el Ministerio de Industria, Energía y Minería, previo informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto declarado de Interés Nacional.
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