Fecha de Publicación: 04/05/1990
Página: 288-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

   Resolución 795/989.-

   Se prorroga una disposición del Reglamento aprobado por el decreto 1124/941, la dispensa a la empresa Lufthansa (Líneas Aéreas Alemanas).

   Ministerio de Defensa Nacional
    Ministerio de Relaciones Exteriores
     Ministerio de Economía y Finanzas
      Ministerio de Transporte y Obras Públicas

                                      Montevideo, 28 de noviembre de 1989.

   Visto: la solicitud del Comando General de la Fuerza Aérea para que sea aprobada la resolución de la Dirección General de Aviación Civil Nº 61/989 de fecha 13 de junio de 1989 por la que se prorroga la dispensa otorgada a Lufthansa (Líneas Aéreas Alemanas) por resolución 25/989 de fecha 17 de marzo de 1989.

   Resultando: I) Que el término previsto por la dispensa conferida por el citado, resolución 25/989 a la empresa Lufthansa (Líneas Aéreas Alemanas) tenía vencimiento la fecha 15 de julio de 1989;
   II) Que hubo necesidad de postergar, por parte del Gobierno de la República Oriental de Uruguay la Reunión de Consulta de Autoridades Aeronáuticas previstas en el marco del Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República Federal de Alemania firmando el 31 de agosto de 1957 y aprobado por ley 14.024 de fecha  23 de setiembre de 1971.

   Considerando: I) Que se han dado las razones de urgencia que justifican la aplicación del artículo 2 de la Reglamentación aprobada por el decreto 1124/941 de fecha 4 de junio de 1941;
   II) Que la Comisión Nacional de Política Aeronáutica en su sesión Nº 300 de fecha 9 de junio de 1989 se expidió al respecto aconsejando que el término fuera prorrogado en tanto no fuera realizada la Reunión de Consulta.

   Atento: a lo establecido por el artículo 3º del decreto 47/983 de fecha 16 de febrero de 1983,

   El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la resolución 61/989 de fecha 13 de junio de 1989 de la Dirección General de Aviación Civil, hasta que se acuerde resolución definitiva.


		
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