Fecha de Publicación: 06/10/1997
Página: 20-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

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  La autorizada deberá cumplir en un todo con lo previsto en el Decreto
269/978 de fecha 16 de mayo de 1978 y normas concordantes y con los
requerimientos legales, reglamentarios y técnicos que determine la
Dirección General de Aviación Civil, la que fiscalizará el estricto
cumplimiento de los mismos.-
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