Fecha de Publicación: 23/11/1990
Página: 234-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

7

   Los Ministros enviarán a la Secretaría de la Presidencia de la República, copia de las resoluciones que dicten en ejercicio de las atribuciones delegadas, dentro de las cuarenta y ocho horas.
Ayuda