Fecha de Publicación: 18/11/2008
Página: 707-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

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 A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales 
dispuestos precedentemente, la Dirección Nacional de Industrias del 
Ministerio de Industria, Energía y Minería, certificará a los organismos 
competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al 
proyecto declarado promovido.
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