Resolución del Tribunal de Cuentas S/N
Establécese el procedimiento que deberán seguir los Organismos con el fin de comunicar a este Tribunal las trasposiciones de rubros que realizan.
Fuente del Texto: TCR
RESOLUCIÓN ADOPTADA POR EL
TRIBUNAL DE CUENTAS
EN SESIÓN DE FECHA 20 DE ENERO DE 2010
(CARPETA N° 226764) E. iniciada 337/09
"VISTO: que los Organismos, de acuerdo con sus respectivas normas presupuestales, deben comunicar a este Tribunal las trasposiciones de rubros que realizan;
RESULTANDO: que algunos de dichos Organismos comunican las trasposiciones en forma periódica mientras que otros lo hacen en cada oportunidad que disponen una trasposición;
CONSIDERANDO: que el procedimiento para la comunicación de las trasposiciones debe ser uniforme y permitir que el trámite de revisión de este Tribunal sea más ágil y eficiente;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL TRIBUNAL ACUERDA
1) Las Resoluciones por las que los Organismos dispongan trasposiciones deberán ser comunicadas en forma mensual, con informe de la Contaduría respectiva que deberá indicar la norma presupuestal que autoriza la trasposición, si los saldos de rubros a reforzar registran excesos y la disponibilidad de los rubros sirvientes; (*)
2) Cométese a los auditores de este Tribunal la verificación del cumplimiento de la presente Resolución; y
3) Publíquese en el Diario Oficial".
Esc. ELIZABETH M. CASTRO, SECRETARIO GENERAL.
(*) Ver: Resolución del Tribunal de Cuentas adoptada en Sesión de 06/06/2018.
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