Resolución 29/003
Apruébase el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de
Energía Eléctrica con sus Anexos.
(155*R)
Montevideo, 24 de diciembre de 2003
RESOLUCION Nº 29/003
VISTO: la necesidad de establecer un régimen de calidad del servicio
público de distribución de energía eléctrica;
RESULTANDO: I) que el servicio público de distribución de energía
eléctrica debe de prestarse con un nivel de calidad adecuado, lo que
torna necesario una reglamentación específica;
II) que en el año 2002 el Poder Ejecutivo reglamentó mediante sendos
decretos el marco legal del sector eléctrico, entre los que se destaca el
Reglamento de Distribución aprobado por Decreto Nº 277/003 de 28 de junio
de 2003;
III) que la Sección VII del reglamento referido previó que el Regulador
formulara la normativa de calidad del servicio de distribución;
IV) que el numeral 2) del literal A) de la Ley Nº 17.598 de 13 de
diciembre de 2002 comete a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y
Agua (URSEA) ejercer los cometidos y poderes atribuidos por el artículo
3º de la Ley Nº 16.832 de 17 de junio de 1997 a la Unidad Reguladora de
la Energía Eléctrica, entre los que figura el dictado de reglamentos en
materia de seguridad y calidad de los servicios de electricidad
prestados;
V) que atendiendo a la necesidad manifestada, y ejerciendo la competencia
referida, el Regulador elaboró un Proyecto de Reglamento de Calidad del
Servicio de Distribución;
VI) que dicho proyecto de reglamentación fue sometido a consulta pública,
recibiéndose diversas contribuciones, que fueron oportunamente analizadas
y contestadas;
VII) que a la luz de tales antecedentes se elaboró un proyecto definitivo
de reglamento que se aprueba por la presente resolución;
CONSIDERANDO: I) que es de suma necesidad dictar una regulación a efectos
de que se preste el servicio de distribución de energía eléctrica con
estándares adecuados de calidad;
II) que la reglamentación que se aprueba se conforma de un cuerpo
principal y de anexos, teniendo por objeto la regulación de calidad del
producto técnico suministrado, y de los servicios técnico y comercial
prestados, bajo los cuales se debe desarrollar la actividad de
distribución de energía eléctrica, con el objeto de lograr una prestación
del servicio con niveles de satisfacción adecuados para los Usuarios de
Distribución;
III) que es necesario resolver en consecuencia, procediendo a la
aprobación del Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución;
ATENTO: a lo expuesto, y a lo previsto en el numeral 2 del literal A) del
artículo 15º de la Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002, en el
numeral 2) del artículo 3º de la Ley Nº 16.832 de 17 de junio de 1997, en
el numeral 1º del Capítulo II de la estructura organizativa de la URSEA
aprobada por el Decreto Nº 328/003 de 12 de agosto de 2003, y en la
Sección VII del Reglamento de Distribución aprobado por el Decreto Nº
277/003 de 28 de junio de 2002;
LA COMISION DIRECTORA
RESUELVE:
Artículo 1
Apruébase el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de
Energía Eléctrica con sus Anexos, que se considera integrante de la
presente Resolución.