El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Para su funcionamiento los responsables del servicio que se crea, deberán recabar del Ministerio de Salud Pública la correspondiente habilitación, para lo cual se dará cumplimiento a las exigencias previstas por el Decreto 309/008 de 24 de junio de 2008, y demás normas concordantes, modificativas y complementarias.