Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo realizado por la firma CEDETEX S.A. (CENTRO DE
DESARROLLO TEXTIL SOCIEDAD ANONIMA), para que se extienda el plazo del
Seguro por Desempleo para 23 (veintitrés) de sus trabajadores.
RESULTANDO: I) Que la citada empresa se vio obligada a detener parcial y
transitoriamente sus actividades, debiendo enviar a parte de su personal
al Seguro de Paro.
II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión,
determinan que la empresa se vea imposibilitada de reingresar en forma
inmediata a sus trabajadores.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.
II) Que resulta conveniente conceder la extensión del plazo
solicitado, a efectos de conservar la unidad productiva, promover la
reactivación de la empresa y mantener los puestos de trabajo al personal
especializado de esta rama de actividad.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 10
del Decreto-Ley Nº 15.180 del 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
AMPLIASE por el plazo de 90 (noventa) días el amparo de los beneficios
que otorga el Banco de Previsión Social por Seguro de Desempleo a los 23
(veintitrés) trabajadores de la firma CEDETEX S.A. que estuviesen en
condiciones legales de acceder al mismo.