OTORGAMIENTO DE PERMISO PARA EL USO DE UN MUELLE. PARAJE MARTIN CHICO. COLONIA




Promulgación: 02/08/2001
Publicación: 08/08/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 299

2

 El Permiso de uso otorgado es sin perjuicio de la intervención que 
correspondiera a otras autoridades de acuerdo con la legislación vigente 
y en las condiciones siguientes:
a) Presentar plano suscrito por Ing. Agrimensor en el que se señale 
   el muelle y la línea de ribera. Se indicará la parte del muelle ubicado
   en el álveo del Río de la Plata, la que es objeto del presente permiso.
b) Ejecutar las obras de reparación que el muelle requiere en la 
   actualidad, en particular los dos sectores con daños, ubicados uno en
   la zona de la escalera del extremo y otro en la pasarela.
c) Ejecutar todas las obras de mantenimiento y/o reparación que el muelle
   requiera durante la vigencia del presente Permiso.
d) Obtener con anterioridad a la ejecución de cualquier tipo de obra, ya
   sean de reparación, mantenimiento o ampliación, la aprobación por parte
   de la Dirección Nacional de Hidrografía de la memoria, y planos
   correspondientes los que deberán estar suscritos por Profesional 
   Responsable.
e) Aplicar técnicas eficientes que eviten desperdicios y la degradación de
   las aguas, los suelos y el medio ambiente en general.
f) No realizar operaciones que impongan a la estructura del muelle
   solicitaciones superiores a las admisibles.
g) Presentar a la Dirección Nacional de Hidrografía un informe anual, a
   partir de la vigencia del presente permiso, del estado de conservación
   del muelle, suscrito por Profesional Responsable.
h) Instalar las señales de protección a la navegación y demás
   requerimientos relacionados con la seguridad que indique la Prefectura
   Nacional Naval.
i) Atender las solicitudes que formule la Dirección Nacional de Aduanas
   para el cumplimiento de los controles e inspecciones relativas a su
   competencia.
j) Permitir el uso de estas instalaciones por parte de terceros siempre
   que existan situaciones de emergencia que así lo requieran.
k) Permitir que la Dirección Nacional de Hidrografía realice todas las
   inspecciones que considere necesarias.
l) Suministrar a la Dirección Nacional de Hidrografía un resumen semestral
   con indicación de las operaciones realizadas, ocupación de muelle,
   materiales y volúmenes egresados y/o ingresados o cualquier otra
   información vinculada a la operativa del muelle que se requiera.
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