AUTORIZACION PARA COMERCIALIZAR PRODUCTOS DE PESCA Y CAZA ACUATICA. DELEGACION DE ATRIBUCIONES




Promulgación: 19/11/1990
Publicación: 11/12/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

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   El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca podrá subdelegar bajo
su responsabilidad el ejercicio de las facultades delegadas en el numeral
anterior en el Director General del Instituto Nacional de Pesca, en lo
concerniente a autorizaciones para el ejercicio de la pesca para
embarcaciones de hasta 10 toneladas de registro bruto o de pescadores de
tierra.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numerales: 5 y 9.
Referencias al numeral
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