APROBACION DE RESOLUCION DE AVIACION CIVIL 235/997




Promulgación: 22/12/1998
Publicación: 11/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1460
 VISTO: la gestión de la empresa argentina "MACAIR JET S.A.", por la cual
solicita autorización para operar servicios de transporte aéreo público
internacional no regular de pasajeros, correo y carga en la modalidad de
taxi aéreo, entre puntos del territorio argentino y puntos del territorio
nacional.-

 RESULTANDO: I) que la petición de la mencionada empresa ha sido instruida
en forma y se han cumplido en la especie con los requisitos exigidos por la Reglamentación de la Sección II, del Capítulo II, del Título IX del
Código Aeronáutico aprobado por el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977,
no existiendo observaciones que formular a la misma.-

 II) que por la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil
235/97 de 26 de diciembre de 1997, se autorizó a la empresa de referencia,
con domicilio especial en la calle Plaza Independencia 811 P.1
(Montevideo) la prestación del servicio citado, al amparo de lo previsto
por el artículo 15 bis de la Reglamentación de la Sección II del Capítulo
II, del Título IX del Código Aeronáutico, incorporado por el Decreto
312/987 de 7 de julio de 1987.-

 CONSIDERANDO: que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el
artículo 2 de la Reglamentación de la Ley de 5 de diciembre de 1940,
aprobada por el Decreto 1.124/941 de fecha 4 de junio de 1941.-

 ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Comisión Nacional de
Política Aeronáutica, a lo preceptuado por la Reglamentación de la Sección
II, del Capítulo II, del Título IX del Código Aeronáutico aprobado por el
Decreto 39/977 citado y sus modificativos Decretos 269/978 de 16 de mayo
de 1978 y 312/987 de 7 de julio de 1987 y a lo informado por las Asesorías
Letradas de la Dirección General de Aviación Civil y del Ministerio de
Defensa Nacional.-

                        EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                               RESUELVE:

1

Apruébase la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil 235/97
de fecha 26 de diciembre de 1997.- (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

Autorízase en los términos del artículo 2 del Decreto del Poder Ejecutivo
1.124/941 de fecha 4 de junio de 1941, a la empresa "MACAIR JET S.A." con
domicilio especial en la calle Plaza Independencia 811 P. 1 (Montevideo)
para operar servicios de transporte aéreo público internacional no regular
de pasajeros, correo y carga entre puntos del territorio argentino y
puntos del territorio nacional.-

3

El Servicio será cumplido con el avión LEARJET modelo 60 matrícula LV-WFM
y GUSLFSTREAM IV matrícula LV-WOM o las que autorice la Dirección General
de Aviación Civil, la que determinará las limitaciones operativas a que
deberá ajustarse la autorizada.-

4

Quedan expresamente formuladas las reservas de la transmisión de los
mensajes clase "B" siempre que la Dirección General de Infraestructura
Aeronáutica se encuentre en condiciones de prestar dicho servicio.

5

La tarifa a percibir será el equivalente entre U$S 8 (dólares americanos
ocho) y U$S 10 (dólares americanos diez) por kilómetro.-

6

La empresa deberá dar cumplimiento a los artículos 193 y concordantes de
la Ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989.

7

Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE - JUAN ALBERTO MOREIRA - LUCIO CACERES
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