Visto: la solicitud de la firma FABRICAS NACIONALES DE CERVEZA S.A.,
tendiente a que se le autorice a importar el equipamiento que detalla al
amparo de la resolución del Poder Ejecutivo del 22/4/987, por la cual
fuera declarada de Interés Nacional la actividad de su proyecto de
inversión.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que puede
accederse a lo solicitado en atención a que esta inversión adicional es
complementaria del proyecto anterior.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y el
Centro Nacional de Política y Desarrollo Industrial, lo dictaminado por la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía y lo establecido
por el decreto ley 14.178 del 28 de marzo de 1974.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 22/4/87, -por la
cual se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por la firma FABRICAS NACIONALES DE CERVEZA S.A.- en el sentido
de incluir el siguiente equipamiento: accesorios y conexiones para
instalación de la cuba de cerveza (válvulas, caños, etc.) y revestimiento
para cuba de fermentación y guarda de cerveza, dentro del listado de
equipamiento exonerado en su numeral 2 y declarado "no competitivo
nacional".
LACALLE HERRERA - AUGUSTO MONTESDEOCA - JUAN ANDRES RAMIREZ - ENRIQUE
BRAGA SILVA