DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. PAYSANDU INDUSTRIAS DEL CUERO S.A.




Promulgación: 09/08/2001
Publicación: 15/08/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 355

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   Otórgase a la firma PAYSANDU INDUSTRIAS DEL CUERO S.A. la 
exoneración prevista en el art. 1º del Decreto Ley No. 15.548 del 17 de 
mayo de 1984, con la redacción dada por el art. 419 de la Ley No. 15.903 
del 10 de noviembre de 1987, hasta un monto máximo generador de dicha 
exoneración de U$S 2.588.330, que será aplicable a los ejercicios 
fiscales comprendidos entre el 1º/01/2001 y el 31/12/2002."
"En virtud del art. 3º del Decreto Ley 15.548, el financiamiento del 
presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro 
previsto en el Decreto Ley no. 14.178, art. 9º."
"La empresa PAYSANDU INDUSTRIAS DEL CUERO S.A., tendrá un plazo máximo 
para realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean 
necesarios ampliando el capital autorizado y emitir las acciones 
correspondientes al capital integrado, de acuerdo al inciso 1º del 
presente numeral, hasta el día 31/12/2003. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 1.505/001 de 11/10/2001 numeral 2.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 1.089/001 de 09/08/2001 numeral 3.
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