Exonérase en forma total a la empresa HOECHST DEL URUGUAY S.A. de todo
recargo incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto al Valor
Agregado, Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización
de Bultos y en general, todo tributo cuya aplicación corresponda en
ocasión de la importación del siguiente equipamiento previsto en el
proyecto y declarado "no competitivo de la industria nacional":
- Una (1) máquina de coser bolsas
- Un (1) autoelevador
- Un (1) autoelevador
- Una mezcladora de polvos para 1.000 litros.