Ver vigencia: Resolución Nº 1.224/005 de 17/11/2005 numeral 2.
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Para transportar objetos postales "AIR EURO AMERICA S.A." (UAIR), deberá
obtener autorización de la Dirección Nacional de Correos y asimismo para
operar como aeronave sanitaria, cumplir con todas las previsiones del
Ministerio de Salud Pública y las Reglamentaciones Aeronáuticas
vigentes.