AUTORIZACION A USUARIO DE ZONA FRANCA. SITIAL S.A.




Promulgación: 30/12/1985
Publicación: 22/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1476
    Visto: la solicitud presentada por Sitial S.A. a los efectos de que se
le autorice a ser usuaria de las Zonas Francas.

    Resultando: I) Que la citada firma desea instalarse con el objeto de
desarrollar actividades comprendidas en el literal A del artículo 1 del
Decreto-ley Nº 14.498 de fecha 19 de febrero de 1976;

II) Que para desarrollar tales actividades, la mencionada empresa
necesita dos terrenos de aproximadamente 2.547 y 2.579,40 metros
cuadrados.

    Considerando: que dichas extensiones se encuentran desocupadas, no
existiendo impedimento en cederlas de acuerdo al valor que fije al
respecto la Dirección de Zonas Francas.

    Atento: a lo informado por la Dirección de Zonas Francas y División
Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.

                      El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

    Autorízase a Sitial S.A. a ser usuaria de Zonas Francas, a los efectos
de desarrollar actividades de depósito, almacenamiento, acondicionamiento,
selección, clasificación, fraccionamiento, manipulación o mezcla de
mercaderías o materias primas de procedencia extranjera o nacional con
arreglo al artículo 1º, inciso A) del Decreto-ley Nº 14.498 de 19 de
febrero de 1976, quedando obligada al pago de las prestaciones pecuniarias
y los servicios de naturaleza económica o de cualquier otro carácter a que
alude el artículo 7 del Decreto-ley precitado.

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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