Visto: la gestión promovida por la firma Fana Química S.A., tendiente a
que se declare de Interés Nacional, su proyecto de inversión para la
actividad de fabricación de insumos para las industrias, fundamentalmente
del calzado.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial (Ley 14.178),
entiende que en base a los análisis realizados, corresponde declarar de
Interés Nacional la actividad a desarrollar por la firma Fana Química S.A.
Considerando: de los asesoramientos recabados surge que procede acceder
a lo solicitado por la empresa Fana Química S.A., puesto que, de acuerdo
con el proyecto presentado, al producir localmente bienes intermedios que
se importaban repercute en un ahorro neto de divisas para el país;
introduciendo además, nuevas tecnologías y apoyando la introducción de
tecnologías avanzadas en la rama industrial del calzado, por lo que cumple
con objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y los fijados en la ley
14.178 de Promoción Industrial, correspondiendo otorgarle los beneficios
promocionales aconsejados por la Unidad Asesora.
Atento: a lo informado por la Unidad de Asistencia Técnica para el
Desarrollo Industrial, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial y lo establecido en la ley 14.178 de Promoción Industrial de 28
de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Declárase de Interés Nacional la actividad a desarrollar por la empresa
Fana Química S.A., según proyecto presentado y de acuerdo a lo establecido
en la Ley de Promoción Industrial 14.178 de 28 de marzo de 1974.
APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI