El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º de
la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de
la empresa Frigorífico Casablanca S.A. hasta un monto en moneda nacional
equivalente a U$S 25.0 millones de dólares americanos, y siempre que se
realicen dentro del plazo de 4 años a partir de la presente resolución,
todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979, del
19 de noviembre de 1979.