VISTO: la solicitud de la empresa MOLINOS SAN JOSE S.A., referente a la
producción de harina de trigo derivada de la molienda del mismo,
obteniendo como subproductos, afrechillo de trigo, afrecho y semitín, con
la finalidad de obtener la declaratoria promocional para la actividad que
se propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de
diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la incorporación
de maquinaria con el fin de mejorar la eficiencia, producir ahorro de
costos y mejorar la calidad de los productos;
CONSIDERANDO: lo informado por la Dirección Nacional de Industrias del
Ministerio de Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación
creada por el art. 12 de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998 que
estiman conveniente acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por MOLINOS SAN JOSE S.A., referente a la producción de harina de trigo
derivada de la molienda del mismo, obteniendo como subproductos,
afrechillo de trigo, afrecho y semitín.