Los beneficios previstos en los numerales precedentes serán aplicables
exclusivamente a las inversiones realizadas entre el 1 de febrero de 2005
hasta el 30 de junio de 2007. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 651/006 de 18/09/2006 numeral 1.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 1.246/005 de 28/11/2005 numeral 6.