AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO. MACAIR JET S.A.




Promulgación: 30/12/1996
Publicación: 16/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1343

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   Con anterioridad a la iniciación de los servicios, la autorizada deberá
acreditar ante la Dirección General de Aviación Civil los siguientes
extremos:
 a) La posesión de los Certificados de Matrícula y Aeronavegabilidad
de la aeronave a utilizar, así como las Licencias de su personal
aeronáutico.
 b) El registro de la contratación y vigencia de los seguros
obligatorios prescriptos por el Título XIV del Código Aeronáutico.
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